Madrid, 4 de enero de 2019. El Real Decreto–ley 28/2018 (BOE de 29 de diciembre) para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo incluye, en su Disposición Adicional Quinta, de forma sorpresiva y sin consulta previa a las
universidades, la obligatoriedad de incorporar al régimen general de la Seguridad Social a los
estudiantes que realizan sus prácticas académicas externas.
Crue Universidades Españolas celebra el reconocimiento del valor de las prácticas académicas y
que éstas computen a los estudiantes como período de cotización a la Seguridad Social, pero
quiere mostrar su gran preocupación por las posibles repercusiones de esta disposición, así como
su malestar por no haber tenido conocimiento de la misma previo a su publicación en el BOE.
Crue
encuentra problemas importantes en el Real Decreto–ley, tanto en la concepción de lo que son
las prácticas, como en su aplicación concreta, fundamentalmente en lo referido a quién y cómo
debe hacerse cargo de las cotizaciones correspondientes, lo que puede acarrear serias
dificultades tanto para los estudiantes, que vean mermada su oferta de prácticas, como para las
universidades. Por ello, Crue solicita al Gobierno la apertura de una mesa de diálogo con las
universidades para abordar el desarrollo normativo previsto en la propia disposición mencionada.
Hasta ahora, la inclusión de las prácticas académicas externas en la Seguridad Social quedaba
organizada de la siguiente manera:
Prácticas curriculares no remuneradas - no alta en Seguridad Social
Practicas curriculares remuneradas - sí alta en Seguridad Social
(bonificadas al 100%)
Prácticas extracurriculares no remuneradas - no alta en Seguridad Social
Prácticas extracurriculares remuneradas - sí alta en Seguridad Social
El Real Decreto–ley 28/2018 trata por igual las prácticas curriculares y las extracurriculares,
olvidando que ambas tienen un carácter radicalmente distinto, sean o no remuneradas. Las
prácticas curriculares forman parte de los planes de estudios universitarios como una asignatura
más: se trata, por tanto, de una actividad académica obligatoria para los estudiantes matriculados
en ella, a diferencia de las prácticas extracurriculares que tienen carácter voluntario. Con la
aprobación del Real Decreto–ley 28/2018, la organización de las prácticas académicas externas
quedaría configurada de este modo:
Practicas curriculares y extracurriculares no remuneradas - sí alta en Seguridad Social . Pago por parte de la empresa o entidad, salvo pacto contrario en el convenio
Prácticas curriculares y extracurriculares remuneradas - sí alta en Seguridad Social. Pago a quien corresponda, según normativa aplicable.
Crue Universidades Españolas advierte de que una aplicación indiscriminada del Real Decreto–ley
28/2018 puede suponer la disminución del número de prácticas ofertadas por las empresas e
instituciones, la discriminación en la formación de estudiantes de títulos profesionalizantes y no
profesionalizantes, y una importante carga de gestión añadida en los servicios de prácticas de las
universidades. La obligatoriedad de cotización a la Seguridad Social de las prácticas curriculares
podría, asimismo, acarrear un grave problema económico, difícilmente asumible para las
universidades, que se añadiría al actual déficit estructural de la financiación universitaria. Crue
recuerda que las universidades ya dedican más de 100 millones de euros de sus propios
presupuestos para ayudar a estudiantes con problemas económicos. Finalmente, la norma no
contempla las prácticas académicas externas de los estudios de formación permanente de las
universidades, que cada vez cobran mayor importancia.
Por todo ello, Crue Universidades Españolas reclama al Gobierno la apertura de una mesa de
diálogo en la que se aborde: a) la diferencia entre las prácticas curriculares y extracurriculares; b)
que se mantenga la bonificación del 100% para las prácticas curriculares remuneradas y su
extensión para las prácticas no remuneradas tanto curriculares como extracurriculares; c) el
tratamiento a las prácticas de los estudios de formación permanente; y d) el establecimiento de
un procedimiento de alta simplificado y automatizado a la Seguridad Social para los estudiantes
que realicen prácticas con bonificación, con el objetivo de facilitar la nueva gestión que habrán
de asumir las universidades y las entidades colaboradoras.
Por último, Crue pide la incorporación urgente de personal experto en gestión laboral a los
servicios universitarios de empleo y prácticas, de acuerdo a lo previsto en el Plan de Choque por
el Empleo Joven 2019-2021, con el fin de apoyar la gestión administrativa que supondrá la
adaptación al nuevo Real Decreto Ley.
Fuente: Crue Universidades Españolas